Sin duda dicho así la noticia llama la atención. El problema es que no explica en qué consiste esta nueva directiva, qué consecuencias reales tiene y la verdadera razón por la que es tan problemática. Este es un tema complicado, sobre todo por lo ambigua que es esta directiva y lo mucho que ha cambiado en los dos años que el Parlamento la ha estado estudiando. Pero haremos un esfuerzo por explicar la situación.
El objetivo de la directiva es proteger el contenido con derechos de copyright.
Empecemos por el principio. Visto fríamente la directiva tiene buenas intenciones. Su objetivo es crear unas reglas comunes para todos los Estados Miembros de la Unión Europea. Sin esta directiva cada estado tendría normas diferentes para regular el contenido con derechos de autor.
Pongamos un ejemplo práctico. Es probable que alguna vez hayáis visto en YouTube el mensaje “este vídeo está disponible en tu país”. Una de las razones por las que puede aparecer este mensaje es que el vídeo al que se intenta acceder tiene contenido protegido en este país por las leyes de derechos de autor. Sin una normativa común europea habría vídeos que se podrían ver en unos países de Europa y en otros no.
De hecho, en la actualidad las leyes de copyright son más restrictivas en unos países que en otros. Y la idea es que todos los europeos tengan los mismos derechos para acceder a la información. En este sentido la nueva directiva tiene algunos efectos positivos.
Los artículos 7, 8 y 9 Están pensados para evitar el abuso de los derechos de copyright. De tal manera que si una obra ya no se está usando de forma comercial haya un mecanismo para que pase a estar disponible en todos los países de la Unión Europea. Pero nadie habla de estos artículos, de los que se habla son de los que causan problemas. Lo cual es lógico.
El polémico artículo 13 y cómo afecta a los creadores de contenido de YouTube.
Hay dos artículos de la nueva directiva que son especialmente problemáticos. El primero es el artículo 11, que muchos expertos han recomendado que se suprima completamente del texto.
Pero en el que nos vamos a centrar es en el artículo 13: “Uso de contenidos protegidos por parte de proveedores de servicios de la sociedad de la información que almacenen y faciliten acceso a grandes cantidades de obras y otras prestaciones cargadas por sus usuarios”.
Lo que el artículo pretende es que las grandes plataformas como Facebook o YouTube se hagan responsables de evitar la piratería en sus plataformas. Y en principio eso está bien, el problema está en los detalles.
Antes de que existiera la directiva sobre los derechos de autor esto estaba regulado por otra legislación. La directiva sobre el E-commerce, y las cosas eran un poco distintas. De nuevo es más fácil entenderlo con un ejemplo:
Imaginemos que alguien sube un videoclip pirateado a YouTube. ¿Sobre quién cae la responsabilidad de evitar que esto pase? En la antigua directiva, los gestores de derechos de copyright eran los que tenían que pedirle a YouTube que eliminara el vídeo. Pero en la nueva directiva YouTube sería responsable de lo que se sube a su plataforma. Es decir. Si YouTube permite que el videoclip esté en su plataforma sería YouTube quien estaría incumpliendo el artículo 13.
A primera vista, desde el punto de vista de los usuarios no hay diferencia. YouTube lleva años borrando los vídeos protegidos por derechos de autor. El artículo 13 no cambiaría nada. Y he aquí el problema, el artículo 13 es innecesario y sin embargo tal y como está redactado tiene implicaciones muy problemáticas.
El artículo 13 dificulta que surjan nuevas plataformas para compartir contenidos.
Las grandes plataformas como YouTube y Facebook no tienen problema en cumplir con la nueva normativa porque ya tienen algoritmos para detectar contenido ilegal. Pero empresas emergentes, nuevas plataformas, no cuentan con los medios necesarios para detectar este contenido por su cuenta.
El artículo 13 teóricamente obligaría a estas nuevas plataformas a encontrar una forma efectiva de eliminar los contenidos ilegales. Esta tecnología es difícil de desarrollar, así que la mayoría de pequeñas plataformas tendrían que contratar a empresas de seguridad para vigilar sus contenidos. Y este es un gasto que plataformas emergentes no podrían asumir.
Pero aquí es cuando la ambigüedad del artículo 13 entra en juego. Solo las plataformas que gestionen “grandes cantidades” de contenido se ven afectadas por el artículo 13. Pero no hay ninguna aclaración de que cantidades se consideran “grandes cantidades”. Pero este no es el único caso en el que el artículo 13 afecta a unas plataformas y no a otras.
¿Cuándo tienen los creadores de contenido derecho a utilizar contenido protegido por los derechos de autor sin necesitar una licencia?
Teóricamente hay ciertos casos en los que se puede usar legalmente estos contenidos. Una de las excepciones más importantes recogida en la propia directiva son las organizaciones con fines educativos. Por lo tanto crear y compartir contenidos digitales para la enseñanza nunca debería verse afectado por el artículo 13. Y de hecho el Parlamento Europeo insiste en que plataformas con fines educativos como Wikipedia no tienen que cumplir con el artículo 13.
#Copyright: Breathe, your favourite websites will be fine. Parliament proposes to exclude small and "micro" platforms, open source software platforms and online encyclopaedias such as Wikipedia from the copyright rules. → https://t.co/3Vxn1isAHH pic.twitter.com/eyayF72PaN
— European Parliament (@Europarl_EN) 12 de septiembre de 2018
¿Pero qué pasa con los contenidos educativos subidos a YouTube? Los mecanismos antipiratería de YouTube no son capaces de distinguir cuándo un contenido se usa con fines educativos. Por lo tanto Algunos contenidos legítimos se verían injustamente afectados por el artículo 13.
Y, de nuevo, esto no sería novedad, YouTube lleva años teniendo problemas con las excepciones del copyright. Pero todavía hay que hablar del detalle que marca la diferencia con la entrada del artículo 13.
El artículo 13 podría fomentar la censura preventiva.
Estrictamente hablando, el articulo 13 obliga a las grandes plataformas a “impedir que estén disponibles en sus servicios” obras protegidas por derechos de autor. No les insta a eliminar estas copias lo antes posible, les obliga a “impedir que estén disponibles”. Más adelante se habla de “Medidas (…) adecuadas y proporcionadas”, pero de nuevo no se especifica lo que esto significa.
Pongámonos un momento en los zapatos de YouTube. ¿Bastaría con borrar el contenido ilegal lo antes posible? No, al menos si nos tomamos el artículo 13 al pie de la letra. Si dejamos que los usuarios suban contenido ilegal y tardamos, aunque solo sea una hora, en detectarlo y eliminarlo no habremos “impedido que esté disponible”. Y la responsabilidad de esta infracción caería sobre nosotros.
En otras palabras, nos vemos obligados a impedir que ese contenido llegue a subirse en primer lugar. Por lo tanto tendríamos que pasar de filtrar los contenidos ya subidos a filtrar los contenidos mientras se suben y censurar de forma preventiva.
Y aquí es donde el artículo 13 entra en conflicto con otra normativa europea aún más importante, la relativa a la libertad de expresión en el marco europeo.
Por supuesto esto sería poniéndonos en el peor escenario posible y dadas las muchas revisiones que se han hecho en la nueva directiva parece claro que ese no es el objetivo de la Comisión Europea. Pero resulta innegable que tal y como está redactado el artículo 13 es ambiguo cuanto menos. Por no hablar de que hace años que se sabe que un celo excesivo de las leyes de copyright es contraproducente para sus objetivos, el fomento de la creatividad y la cultura.
En cualquier caso este es un tema complicado que nos afecta y sobre el que es conveniente estar al día. Especialmente en el caso de aquellos que quieran ser influencers o aquellos, que como tantos jóvenes de hoy en día quieran ser youtubers o usar YouTube para su marketing digital.